Historia del sistema eléctrico
En 1998, el sector eléctrico español, sufrió una profunda transformación y es que hasta entonces la actividad del sector estaba concentrada en empresas con una estructura vertical que ejercían monopolio y eran origen de la privatización y fusión de empresas públicas o con cierto carácter público. En España se había pasado por una etapa, con Franco, en la que se había potenciado la concentración y nacionalización parcial del sistema de generación y distribución eléctrica, dando lugar a un oligopólio, seguida por un proceso de fusiones y privatizaciones en el contexto de la incorporación de España a la Unión Europea (1986). La liberalización del sistema de generación y distribución eléctrico llegó con la aprobación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, que permitió un proceso de apertura del sector a terceros estableciendo una nueva organización en la negociación de la energía y en la reducción de la intervención pública en la gestión del sistema y creó el Mercado Eléctrico español.
La norma básica que en la actualidad regula la estructura y el funcionamiento del sector es la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico. En esta norma se mantiene la distinción entre las actividades reguladas y las no reguladas, ya recogida en la norma anterior, al tiempo que se impulsa la competencia efectiva en el sector, introduciendo, entre otras medidas, un aumento de la competencia de las comercializadoras de referencia, mejorando la posición del consumidor en cuanto a la información disponible y facilitando los procesos de cambio de suministrador.
Actividades
El suministro de energía eléctrica se define como la entrega de energía a través de las redes de transporte y distribución a cambio de una contraprestación económica en las condiciones de regularidad y calidad que resulten exigibles.
Las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica son:
- GENERACIÓN: Consiste en la producción de energía eléctrica. En su mayor parte es una actividad no regulada, aunque es cierto que hay barreras de entrada para algunas tecnologías de generación (nuclear o gran hidráulica) y otras han conllevado primas (renovables anteriores al año 2012).
- TRANSPORTE: Tiene por objeto la transmisión de energía eléctrica por red con el fin de ser suministrada a los distintos sujetos y para la realización de intercambios internacionales. La red de transporte de energía eléctrica está constituida por la red de transporte primario (instalaciones de tensión mayor o igual a 380 kV) y la red de transporte secundario (hasta 220 kV). En España el propietario de la red de transporte es Red Eléctrica de España (REE). Es una actividad regulada.
- DISTRIBUCIÓN: Tiene por objeto la transmisión de energía eléctrica desde las redes de transporte, o en su caso, desde otras redes de distribución o desde la generación conectada a la propia red de distribución, hasta los puntos de consumo u otras redes de distribución en las adecuadas condiciones de calidad con el fin último de suministrarla a los consumidores. Es una actividad regulada.
- COMERCIALIZACIÓN: La actividad de comercialización será desarrollada por las empresas comercializadoras de energía eléctrica que, accediendo a las redes de transporte o distribución, tienen como función la venta de energía eléctrica a los consumidores y a otros sujetos según la normativa vigente. La actividad de comercialización es la función de la venta de la energía eléctrica a consumidores y otros sujetos, según de normativa vigente, por las comercializadoras que acceden a las redes de transporte o distribución para tal fin. Es una actividad no regulada.
- GESTIÓN TÉCNICA: Para que el sistema funcione correctamente, debe de haber un gestor técnico encargado de la operación del mismo en tiempo real. Este gestor técnico, conocido como Operador del Sistema, es Red Eléctrica de España que, además, es el propietario de la red de transporte. Recordar que la energía eléctrica a día de hoy es complicada de almacenar, por lo que, en cada momento, se debe estar generando la misma cantidad de energía que se consume. Es una actividad regulada y un monopolio natural.
- GESTIÓN ECONÓMICA: El gestor económico, u Operador del Mercado, es OMIE. Gestiona el mercado mayorista de la electricidad, donde los agentes compradores y vendedores contratan las cantidades que necesitan (MWh) a precios públicos y transparentes. Gestiona de manera integrada los mercados (diarios e intradiarios) para toda la Península Ibérica y su modelo de funcionamiento es el mismo que el de otros muchos mercados europeos. Es una actividad regulada y un monopolio natural.
- CONSUMIDOR: Es el usuario final de la energía eléctrica.
Imagen: wikimedia commons
Oligopolio
Cada una de las actividades anteriormente mencionadas deben ser independientes, es decir, deben realizarse mediante empresas diferentes. Una misma empresa, por ejemplo, no puede realizar generación y comercialización o distribución y comercialización. Se pretende que sea así con el objetivo de evitar posiciones dominantes en el mercado con alta concentración de todas las actividades en oligopolios, de forma que el mercado no pueda ser controlado y manipulado, aunque en la práctica muchas de ellas se integran luego en un mismo holding (por ejemplo, cuando uno compra la bolsa de acciones de una gran eléctrica, compra todas las actividades en las que participa, no sólo la parte de generación, comercialización o distribución).
Comercialización
Mucha gente no lo sabe, pero hay varios centenares de comercializadoras y cualquier consumidor es libre de contratar el suministro de electricidad con la que prefiera. Es un sistema muy parecido al de la telefonía,sólo se tarda unos días en cambiarse de un comercializador a otro.
Certificados de Energía Renovable
En España, al igual que en el resto de la UE, existen certificados de origen de la energía eléctrica. En la factura de la luz de cada consumidor, que le envía la comercializadora, se indica cómo de contaminante es la energía eléctrica que consume.
Las plantas de generación que no contaminan (renovables), generan Certificados de Energía Renovable (CER) que, certificados por la CNMC (Comisión Nacional del Mercado de la Competencia), se pueden intercambiar entre los generadores y las comercializadoras. De esta forma, una comercializadora puede tener CERs equivalentes a toda la energía eléctrica que vende a un consumidor, es decir, le puede vender energía limpia y renovable.
A día de hoy en España hay comercializadoras que venden sólo energía limpia y renovable y ello no tiene ningún coste para el consumidor. Esto es debido a que, todavía, el precio de los CERs es bajo (1-2% del precio de la electricidad en el mercado eléctrico). Esto se debe a que la oferta es todavía muy superior a la demanda, bien por desconocimiento del consumidor, o bien por no haber incentivos a que los consumidores (sobre todo empresas) compren energía limpia y renovable. No obstante, poco a poco esto va cambiando, la demanda subiendo, y el precio de los CERs incrementándose.